domingo, 30 de septiembre de 2012

¿Por qué es malo el fútbol colombiano?

Fútbol y paz
Soy hombre, eso significa en mi país que antes que tener una orientación política, partidista, o religiosa, debo tener una orientación futbolística, debo ser hincha de un equipo de fútbol. Por eso normalmemte queda un silencio maluco, cuando en una reunión algún otro tipo que acabo de conocer me pregunta si soy de Millonarios o soy de Santa Fe. He buscado todo tipo de respuestas que creo inteligentes, pero el resultado es el mismo... Silencio, una sonrisa que puede interpretarse segregacionista y, o alguien pone otro tema o mi interlocutor se voltea y habla con otra persona, o yo me aventuro a proseguir por el camino del fútbol diciendo por ejemplo en broma que soy de los que preguntan si ganamos o perdieron cuando se trata de ser hincha. Esto por supuesto genera aun más rechazo, y es escasa la respuesta conmiserativa a estas alturas.
Mis amigos ya me entienden y no joroban. De vez en cuando me invitan a su casa a ver un partido, pero algunos han llegado a decir que soy ave de mal agüero porque el día que decido aparecer, ése día la selección pierde. Ya se podrán imaginar lo seguido que me veo con mis amigos.
Y no es que no me guste el fútbol, me gusta ver de vez en cuando un partido, ver jugadas maestras como las de Pelé, las del Pibe, ahora Falcao, Messi, etc. Pero ya no me siento perteneciente a la cultura del fútbol. Ahora no tengo inconveniente de perderme un partido de la selección, es mas, aprovecho esas horas para hacer cosas como ir a centros comerciales, o viajar de regreso a Bogotá, porque las chichoneras se reducen ostensiblemente.
¿La razón? Siendo medio hincha del América por los años 90's y luego comenzando a pasarme a lo que era un promisorio Atlético Nacional, comenzaron a sonar algunos indicios de relación del fútbol con el narcotráfico. La decepción comenzaba a aparecer. Luego viene que matan a Andrés Escobar por meter un autogol, y la cosa se vuelve deprimente. Algo muy malo estaba sucediendo. Una selección Colombia que iba en crescendo cae fenomenalmente en el tercer mundial al que va.
Y entonces se rompen mis lazos.
Pero el fútbol sigue. Menos mal. Grave sería que se acabara sólo por eso y por todo lo que pasó por esa época y que hasta ahora me entero. Que asesinan a árbitros, que los árbitros principales deciden no pitar mas porque se sienten amenazados, que se compran partidos, que jugadores reciben presiones, etc.
Ahora JuanMa ha comenzado una jugada maestra con el tema de la paz. Todo Colombia se estaba haciendo la de la vista gorda mientras su gobierno tramitaba leyes y reformas constitucionales que apuntaban a lo obvio pero que no se decía, y era que se estaba entrando en conversaciones con las Farc desde hacía un buen tiempo.
Y la promesa aparece en el horizonte mediático. Se transmiten alocuciones con un realismo sorprendente, tanto que la grabación de las Farc emitida desde Cuba, falla, regañan a alguien y vuelve a comenzar.
Terminadas las presentaciones de ese día, ¿qué queda? Esperanzas de que por fin haya paz. Y curiosamnete sucede algo que no me esperaba, pero que era tan previsible como el resto, El Tiempo saca un completísimo trabajo de prospección sobre como sería el país si estuviera en paz...
De ahí surge mi reflexión: Llevamos mucho tiempo en guerra en este país, una guerra soterrada y ladina que se esconde y vuelve a aparecer con diferente nombre, pero que seguramente es la misma desde hace mas de 150 años, y que se finca en condiciones de todo tipo que se han reproducido a lo largo de la historia. Si se lograra la paz quedaría un vacío muy dificil de llenar. Y no me refiero al vacío de los miles de hombres y mujeres dedicados a la violencia de una u otra forma, combatientes, personal de apoyo, industria armamentista, industria de esparcimiento de tropa, y todo lo que se nos pueda ocurrir en relación con este tremendo negocio. Tampoco me refiero al vacío y el dolor de todas las víctimas que se han producido en todos los bandos y fuera de ellos, y que probablemente conserven rencor, dolor y otros sentimientos que habrá que administrar a ver si realmente se logra esa paz, mas allá de un papelito firmado por un par de señores.
Me refiero al vacío en el ethos social que existe en nuestro país. Y que podemos resumir en una falta de orgullo propio común que no ha logrado resolverse con Juan Valdez, Colombia es Pasión u otros mensajes similares.
Y ahí vuelve el fútbol. Jugando y viendo partidos siempre me molestó las triquiñuelas que se admiten en el juego con el fin de ganar. Es decir, que es tan válido jugar bien como saber meter un patadón para que el mejor jugador que va en carrera de gol caiga lejos de la zona de penalty y no la meta. O la falta necesaria, como dicen los comentaristas, para cambiarle el ritmo al partido.
Parecen leguleyos, como los que presentan miles de recursos en procesos penales como el que se le sigue a Samuel, o a Arias.
Y entonces sale una noticia increíble: que a alguien en Millonarios se le ocurrió la idea de devolver dos títulos que ganaron como club cuando el capo mas ñero era dueño del equipo. Ése era el tipo de ethos en que estaba pensando, un gesto de honor en la médula de este país que piensa primero en fútbol que en otra cosa. Y se arma el debate que da a relucir lo que se ha expresado anteriormente: la barra brava pone un cartel en un estadio que dice: "LA HISTORIA LOS HINCHAS EL JUGADOR SE RESPETAN, FUERA GAITAN", u otra "LOS PRESIDENTES ESTAN PARA GANAR TITULOS, NO PARA ENTREGARLOS" Ganar por ganar, como sea.
La idea sigue siendo buena. Un gesto para reconstruir ese ethos sobre la base del orgullo y no del facilismo. Pero quizá sueño. Millonarios no sería el único equipo, pero eso se hace por convicción colectiva, no por ley. Millos tiene la oportunidad de dar ejemplo, para que otros lo sigan. Para que el gobierno no bote millones en campañas de publicidad vacías, sino que se preocupe filosóficamente y activamente en recuperar en conjunto ese ethos, en reconstruirlo.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Sobre la Ley Lleras UNO

Este texto lo escribí cuando se estudiaba la Ley Lleras Uno. La cual se hundió.
Queda hablar de la Ley Lleras Dos, apellido nefasto para el derecho de autor.


DE LOS PITUFOS A RUSSEL
La Ley Lleras sobre responsabilidad por infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en Internet


Mucho abogado se ha metido en el tema. Mucho opinador. Sin duda la llamada Ley Lleras (quisiera identificarla por su número que es más fácil de recordar, de Lleras espero no acordarme) trata temas que tocan a muchos. No es fácil de entender que de golpe nos digan que lo que hacemos en Internet puede estar penalizado, que nos podemos meter en líos jurídicos por algo que veníamos haciendo sin que nadie nos dijera nada.

Si quieren entender el tema de la Ley Lleras no hay que ir muy lejos, no hay que pensar demasiado, no se requiere ser experto en derecho de autor. Simplemente se puede ir uno por la fácil, en youtube buscan “copyright school” y ahí está, un monacho simplón llamado Russel sirve de ejemplo para entender por qué youtube lo “baja” a uno por subir videos con derecho de autor. Y es que es simple, todo el problema parte del desarrollo de formas de explotación de obras y contenidos que antes no teníamos ni siquiera pensados como una posibilidad.

Pero además parte de un doblez de la sociedad en general. Porque no nos creamos muy originales, la Ley Lleras (sigue sonando feo), viene de obligaciones derivadas del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, pero además viene en coherencia con normas que se han presentado en casi todos los países desarrollados. Por ejemplo los franceses, a quienes algo les queda de gusto, le pusieron Ley HADOPI, y aunque parece el título de un poema surrealista de Verlaine, traduce realmente: Haute Autoritépour la Diffusion des Œuvres et la Protection des Droits sur Internet. España, Chile, Nueva Zelanda, Italia, Corea del Sur, Inglaterra también ya tienen una norma parecida. No es sino buscar en google“ISP”, es decir proveedores de servicios de internet, y “copyright”, y ya; aparecen… esperen, 26.900.000 resultados en 0.12 segundos.

Por qué tanto lío entonces si es que está por todas partes. Pues no es tan simple: Están los titulares de derechos de autor o conexos, están los que usan las obras, es decir nosotros, están los que de una u otra manera hacen que las creaciones de los primeros las usen los segundos por medio de diferentes mecanismos, bien sea en vivo y en directo, por radio, por televisión, comprando el libro, alquilando el DVD o el Blue Ray, por Internet y otros no tan legales, como comprando el DVD pirata en la calle, colgándose de una señal de TV, comprando software en la 15 con 80. Entre autores y usuarios hay mucho camino o hay poco, pero en muchos casos ese camino es necesario, ahí entran una cantidad de empresas y organizaciones que llamaremos simplemente industrias culturales y que pueden ir desde la más nefasta organización multinacional, hasta la más inocente MyPIME.

Entonces: creadores, intermediarios, consumidores. Cadena comercial común y pascual. Los bienes, culturales. Lo que transita por la cadena es los llamados contenidos, es decir producciones, creaciones que son propiedad de alguien. No me voy a meter a discutir si esta propiedad está bien o está mal, creo personalmente que la propiedad está mal cuando no es mía, y ese es principalmente el problema. Ya Diderot lo había resuelto desde hace más de 200 años discutiendo con Condorcet sobre la propiedad literaria en la Francia postrevolucionaria. No señor Marqués, no se confunda, las ideas son de todos, pero la forma en que cada quien las explica, las escribe, las expresa, es de cada quien; eso no significa que mis ideas sean mías y nadie las pueda usar, lo que significa es que si alguien quiere leer cómo escribí mis ideas, pues tendrá que comprar mi libro. Entienda señor Marqués, tal vez para usted la vida sea fácil, con sus rentas y demás, pero otros queremos vivir de lo que hacemos; yo escribo, si me pagan por lo que escribo sigo escribiendo y no me toca dedicarme a otra cosa, como manejar taxi.

Entonces pensar que el derecho de autor es una talanquera para el libre fluir de las ideas, es atrasarse 200 años en una discusión. ¿El malo es el derecho de autor? Creo que no, por lo menos en sentido lato,  pues este es un sistema complejo que comprende herramientas que le permiten al autor ejercer una propiedad sobre sus creaciones, y a su vez mecanismos para garantizar que tales creaciones satisfagan derechos como el de acceso a la educación, la información y la cultura. Tal vez el problema se encuentra en una ecuación simple: las condiciones de acceso a las obras están definidas por dos variables, si el acceso es justificado por la Ley, o si el acceso es autorizado por el autor. Si la Ley lo permite, es ella la que determina bajo qué condiciones es posible; si la Ley no lo permite, es el autor el que lo debe permitir, y él pone las condiciones, las cuales, como en el ejercicio de cualquier propiedad, deben respetarse.

Usar una obra sin permiso de la Ley o sin permiso del autor, es atentar contra esa propiedad. Es como tomar el carro del vecino sin pedirle permiso. Estados comunistas como Cuba reconocen este tipo de propiedad claramente. ¿Por qué es tan difícil? Ahh claro, porque no siempre sabemos o tenemos a quien pedirle permiso, y en Internet es peor, montones de cosas están allá subidas, solas y desprotegidas, no se sabe de quién son, nadie las controla; si yo las tomo, nadie dice nada.

No vivimos en el mundo de los pitufos, y ya no somos inocentes. Cuando se inventaron el Internet, éste parecía tener una vocación eminentemente académica, pero muy rápidamente cambió hacia el mercado (muy a pesar de la Declaración de Independencia del Ciberespacio que hiciera John Perry Barlow en 1996), pues las enormes posibilidades de interconexión interactiva revolucionaron la forma de comunicación, comercio, política, etc. de la sociedad. Y todo era o parecía gratis. La palabra mágica. Rápidamente Internet dejó de ser un medio de comunicación de élites, de intelectuales, y se convirtió en el centro comercial más grande del mundo, con almacenes de departamentos que fue necesario organizar bajo dominios .com .edu .gov .xxx .info .jobs .travel, y otros más. Pero muchas cosas seguían estando libres por ahí y eran usadas indiscriminadamente. Recuerdo por ejemplo un artículo de Daniel Samper Pizano en uno de sus postres de notas donde se quejaba porque alguien le había mandado por correo electrónico un texto buenísimo!!!, el cual leyó y resultó ser un postre de notas suyo copiado y pegado miles de veces, y sin autor.

Y es que se conformó un dilema social muy interesante, pues el argumento de la Independencia del Internet resulta ser muy convincente, tanto vitalmente como sociológicamente hablando. SecondLife es un ejemplo, de la misma manera que sin Internet lo son los juegos de rol. No ser yo, ser otro y desvanecerme entre las multitudes, a lo Bloom, es muy interesante; pero no somos pitufos, y entonces ése nuevo mundo comienza a parecerse al lejano oeste gringo. Por una parte entra todo el comercio, al punto de que si no existes en google no existes, y por el otro lado el sentido de libertad absoluta trata de interactuar con el comercio. Es claro que los comerciantes sólo gozan de la libertad cuando se trata de libertad de mercado, pero ninguno quiere libertad absoluta, ¿o es que no han visto las cámaras en los centros comerciales o en los supermercados? Así, la cultura de lo libre no coincide con la cultura de mercado. Desafortunadamente, creer que la cultura de lo libre funciona en medio de miles de millones de seres humanos, es demasiado inocente.

En este marco es obvio que el derecho de autor aplique igual en internet que como aplica en el mundo análogo, pero si no había forma de descubrir quién viola estos derechos detrás de la pantalla, parecería inocua esta protección. Quienes quieren dejar su trabajo de manera gratuita (a lo Condorcet) pues se encuentran en libertad de hacerlo. Pero, ¿qué pasa para quienes no?, o ¿qué pasa con aquellos que suben de manera gratuita sus obras y alguien abusa y cobra por ellas? Si viviéramos en el mundo de los pitufos, a nadie se le habría ocurrido llevarse la carretilla de pitufo carpintero para su casa sin pedirle permiso; de la misma manera a nadie se le ocurriría bajarse la canción de pitufo músico sin pedirle permiso. Pero es que no somos pitufos, somos más bien como Russel, el muñequito de youtube. No todos, yo sé, incluso algunos siendo pitufos pueden alegar que simplemente no sabían que eso era de alguien, pues estaba ahí, y yo lo cogí.

Los dueños de los derechos (ojo porque ya no necesariamente hablamos de los autores), ante esta perspectiva actúan como en el viejo oeste, ponen cercas y candados para impedir que alguien use sus contenidos sin su permiso. Eso se llama el uso de medidas tecnológicas de protección, y la Ley les da una protección especial. A algún inteligente se le ocurrió la gran idea de decir que si un contenido no tenía una medida tecnológica de protección, era porque el contenido estaba libre en Internet. Semejante error echaba al piso el reconocimiento de la propiedad y su respeto per se, para quedar en manos de la Ley del más fuerte, pues poner una medida de estas, requiere recursos, y sólo empresas con tales recursos podrían implementarlas. Los demás, de malas. Adicionalmente porque se daba una aplicación de la parábola de la zorra y el conejo: más se demoraba alguien en desarrollar una nueva medida tecnológica para proteger un contenido, que alguien en hackearla, en un efecto en cadena que sólo eleva los costes de inversión, y que podía ser tan perverso como el negocio de los antivirus de computador.

Con la Ley Lleras se le entrega una responsabilidad a los ISPs, prestadores de servicios de internet, bien sea que transmitan, enruten o presten conexiones; o que almacenen datos temporales en memoria caché; o que almacenen o alojen contenidos en sus servidores; o que refieran o vinculen a sus usuarios a otros sitios; por los actos infractores al derecho de autor sobre los contenidos que transitan por tales servicios. Ellos son responsables en la medida en que a través de sus sistemas transiten contenidos protegidos por derecho de autor de manera ilegal. Se puede alegar por su parte que los ISPs no son infractores directos de las normas de derecho de autor, pero si esto sucede a través de sus redes y no hacen nada, es una especie de complicidad. Los ISPs no son responsables por la violación al derecho de autor que realicen terceros en sus sistemas si se cumplen ciertas condiciones que la Ley impone para liberarlos y que se pueden resumir simplemente en el deber de cuidado respecto de lo que transita o se encuentra en sus redes.

Volvamos al centro comercial: ¿la administración del mismo debe dejar que en un almacén vendan mercancía robada? Pues si alguien denuncia con fundamento esto, algo deben hacer. Igual funciona la Ley Lleras: el dueño del contenido protegido por el derecho de autor le informa al ISP que alguien en su sistema le está violando esos derechos. El ISP debe notificar al supuesto infractor sobre la intención de retirar o inhabilitar el acceso al contenido, y a su vez el supuesto infractor tiene la posibilidad de alegar que se ha cometido un error o una indebida identificación del contenido que se ha retirado e inhabilitado. Si se cumple con los requisitos de la Ley, el contenido debería ser restituido, y dar paso a un proceso judicial que decida si existe o no infracción con las consecuencias penales y civiles a que haya lugar. Si el que supuestamente viola el derecho de autor no dice nada como la Ley dice, el contenido sigue bloqueado y se inicia el proceso judicial por la infracción. Si el dueño del derecho de autor ha presentado información falsa armando este lío sin justificación, se verá obligado a indemnizar por los daños que cause.

Recuerdo una propaganda de un Proveedor de Servicios de Internet, acá en Colombia, en el que promocionaba el uso de sus redes para bajar música (más ancho de banda = más música), igual pasaría con el video, etc. Seguramente a muchos les pareció que Internet era como el servicio de agua potable, se abre la llave y salen unos y ceros que el computador convierte en fotos, libros, periódicos, videos, música. Si pago por el servicio, pues lo que me llega por ahí es mío, por eso es que los ISP les cabe responsabilidad. La diferencia consiste en que lo que sale del tubo no es agua, y no es del dueño de las tuberías, pero pasa por sus tuberías. ¿Qué pasará si de golpe le dice a uno que el agua que sale esta picha? Pues no consumo agua, toca botellón. El paso por las redes de contenidos protegidos por el derecho de autor (legales o no) significan bytes que pasan por entre el tubo, y ya sabemos que no estamos lejos de que la tarifa plana de Internet se acabe, o sea, entre más descargue más pago, como cuando se usa Internet en el celular. Los ISPs tampoco son pitufos. Si ellos ponen los contenidos, tendrán que pagar por estos.

¿De quien es entonces eso que sale por la pantalla? Uno se encoje de hombros y dice: -nidea-. Otros dicen que son de grandes corporaciones que son dueñas del derecho de autor y que aprovechan ése monopolio de explotación del que gozan para impedir el acceso libre a la cultura. Pocos dicen: -¡mío!- Otros dicen que es de alguien. Y entonces volvemos a una de las tesis iniciales, la distancia entre el autor y el usuario, porque Internet los acerca y los aleja paradójicamente, en los blogs estamos cerca del autor, pero en otras creaciones el autor ni siquiera aparece, nadie lo menciona.

El argumento que usualmente se esgrime en contra del derecho de autor acusa a las grandes corporaciones que se adueñan de los derechos, este argumento ha pervertido el sistema, aunque no es necesariamente falso, porque en muchos casos ése derecho de autor se convierte en derecho de empresa, y una cosa es escamotearle a una empresa y otra es escamotearle a un profesor de agronomía de la Universidad Nacional, como diría Certau. Ambas son conductas reprochables, pero una no duele tanto como la otra. El argumento para ello es que los autores no siempre gozan de las riquezas que sus obras producen, que hay autores de gran reconocimiento que no ganan mucho dinero, entonces proteger el derecho de autor es una falacia. Si el autor cede sus derechos a esas empresas, claramente se desprende de su propiedad, eso ya no es suyo, lo ideal sería que recibieran la contraprestación justa por esa transferencia, pero es que no somos pitufos. Sólo le quedan los derechos morales de paternidad, y de integridad. Y es la empresa la que usa, goza y dispone sobre la obra. Conclusión: no cedan los derechos, no hay que regalarse. Pero eso no es problema del derecho de autor propiamente dicho, sino de cómo se usa.

Adicionalmente lo que sale por la pantalla no es agua, pero es como el agua, es una necesidad básica, la cultura. Pero ése agua tiene dueño, si el dueño no sabe matemáticas, es un grave problema. Si piensa que gana más dinero vendiendo diez CDs originales a $80.000 pesos, que vender 800.000 canciones a 10 pesos, por… ¿cuántas canciones caben en un CD original?, en el colegio deben estar pensando en pedirle el diploma. Y sin embargo comprar música legal por internet en Colombia sigue siendo muy difícil. Argumento en contra: vendo una original y de esa sacan muchas copias gratis, claro, no somos pitufos, pero tampoco somos ladrones.

En otros ámbitos suele ser sumamente difícil encontrar al autor de cierta obra, por ejemplo una fotografía, o un cuadro, o una ilustración, o una canción, o un libro, para usarla legalmente en algo que yo estoy tratando de hacer. Los costos de transacción son muy altos, o simplemente no es posible encontrarlo. En teoría el sistema de derecho de autor debería poder resolver esos problemas a través de herramientas eficaces como las sociedades de gestión colectiva de estos derechos, pero esto requiere que los autores mismos se pongan de acuerdo en beneficio propio para proteger sus derechos, lo cual no siempre es fácil. Y además requiere que las sociedades de gestión funcionen, recauden, repartan, autoricen, y tendamos a parecernos más a los pitufos.

Pero adicionalmente, la Ley tiene que adaptarse, no sólo para reprimir usos infractores, sino para adecuarse a las necesidades de acceso a la cultura de una sociedad en desarrollo como la nuestra y en condiciones de desarrollo tecnológico como las actuales. Muchos de los problemas de usos de las obras se pueden resolver si existiera por ejemplo una limitación para realizar la parodia de obras en uso de la sana crítica y la libertad de expresión; así mismo el préstamo público de los libros y las películas y otras obras realizado por bibliotecas públicas sin ánimo de lucro no se puede tratar igual que como se trata en Europa, donde se paga. Un eficaz sistema de remuneración compensatoria por copia privada desahogaría la ilegalidad de muchas prácticas tan sencillas como pasar del CD original la música al IPOD.

Todo esto porque así, de acuerdo a la Ley Lleras, algunos de los usos que se hacen podrían estar amparados en una limitación, o permitidos previamente por una licencia otorgada por la respectiva sociedad de gestión, configurándose el error en la supuesta infracción. Y entonces no habría problema.

Eso que fluye por Internet es un bien de un mayor impacto social que la gasolina, esa cosa perenne. Y es por eso que desde mucho tiempo atrás se han creado mecanismos para el control de la información, en los cuales las tecnologías han jugado un papel preponderante, así como otras herramientas de orden social que establecen qué se transmite y qué no. Controlar el saber es un buen negocio sin duda. Siempre que se mantenga neutralidad en las normas y en las decisiones, instrumentos como la Ley Lleras serían mecanismos útiles para proteger los derechos, pues en teoría no se podrían bloquear contenidos que se usan legítimamente por ejemplo porque yo lo creé, o porque me amparo en una limitación o excepción al derecho de autor.

Existe la falsa idea de que la Ley Lleras lleva a que los ISPs puedan mantenerse revisando lo que hacemos por Internet (el que nada debe, nada teme, dirían unos), pero la Ley misma señala que no hay un deber de supervisión por parte de ellos. Es decir que en el centro comercial no tiene que haber cámaras mirando que es lo que hacemos, pero si alguien nos ve, pues a responder.

Como no somos pitufos, la tensión que existe se denota en si debo respetar el derecho de autor porque si, o porque me vigilan, o porque me van a meter a la cárcel, o porque simplemente respeto los derechos de los demás. Si fuéramos pitufos, no habría Ley Lleras, tampoco Lleras.

¿Por qué es necesario controlar la red? Porque de todas formas, no siendo pitufos, pareciéndonos más a Russel, se requiere mantener un equilibrio aunque sea precario entre las necesidades de los usuarios en general y los derechos de los creadores. La solución para mantener tal equilibrio precario es hasta ahora este tipo de leyes como la Lleras. Habrá que mejorarla, explicarla, pero una cosa si es segura, es inevitable.

Se crean organizaciones que reflejan las oportunidades ofrecidas por la matriz institucional. Esto es, si el marco institucional premia la piratería, surgirán entonces organizaciones pirata; y si el marco institucional premia las actividades productivas, surgirán organizaciones –empresas– que se dediquen a actividades productivas.
Douglas North 

Nuevos retos para la educación universitaria en el campo del derecho de autor.


Nuevos retos para la educación universitaria en el campo del derecho de autor.[1]

La docencia universitaria enfrenta el reto de compilar el derecho de autor con los modelos pedagógicos actuales y las estrategias correspondientes que imponen en la actualidad las tecnologías de la información y la comunicación. El docente debe actuar de manera coherente en este sentido de manera que su autoridad tanto epistemológica como deontológica no sea contradictoria con la forma en que asume tales retos.

Palabras clave: Educación, Tecnologías de la Información y la Comunicación, Derecho de Autor.

El docente universitario se ve enfrentado a una nueva pléyade de retos que lo llevan de cierta manera a cambiar sus modelos pedagógicos. Ya no se puede pensar en una mera aproximación constructivista, y quizá la salida sea una combinación articulada de las características de algunos de tales modelos.

Quizá uno de los aspectos más importantes es el uso de la tecnologías de la información y la comunicación(Maroto Sánchez, 2007), por dos causas fundamentalmente: La primera de ellas corresponde a un modelo humanista de manera que el profesor se iguale al alumno, no en términos académicos sino personales y así encuentre canales de comunicación que sean eficientes de cara a los objetivos educativos. Me refiero concretamente al uso de medios de comunicación actuales como las redes sociales, los espacios virtuales y otros, de manera que haya puntos de encuentro entre el estudiante y el profesor fuera de la clase. No me ocuparé de esta, pues es de un carácter más sociológico.

La segunda de las causas por las cuales el uso de las tecnologías de la información es importante en la docencia universitaria, es el de resolver de cierta manera la brecha de acceso a la información de cara a la ampliación del horizonte de expectativas del estudiante(Rodríguez Rodriguez & Molero de Martíns, 2009).

En este campo se encuentran diferentes mecanismos de acceso a la información, desde algunos relativamente tradicionales, hasta otros que no lo son tanto. No pretendo en este escrito ser exhaustivo en relación con estos mecanismos, pues no soy experto, pero si pretendo relacionar estas prácticas con la responsabilidad que de cara a la autoridad deontológica corresponde al docente universitario ejercer(Rocha).En éste sentido el profesor Rocha recuerda cómo el ejercicio de la autoridad y la normatividad requiere de un compromiso por parte de quien la ejerce, pues señalan (Rodríguez Rodriguez & Molero de Martíns, 2009) citando a Siemens, 2004, “… el aprendizaje debe constituir una forma de ser – un conjunto permanente de actitudes y acciones que los individuos y grupos emplean para tratar de mantenerse al corriente de eventos sorpresivos, novedosos, caóticos, inevitables, recurrentes”. Siendo esta “forma de ser” determinante en el comportamiento futuro del estudiante, la forma en que él mismo se relaciona con el acceso al conocimiento es fundamental.

En este ámbito el docente se encuentra en una encrucijada en la que no pocos se encuentran en países como el nuestro, pues el uso de las tecnologías enfrenta no pocas veces al profesor con el campo de la propiedad intelectual y particularmente con el derecho de autor. Por ejemplo, uno de los casos paradigmáticos es el tema del fotocopiado de libros. Aun en Colombia la utilización de fotocopias para la educación es un mecanismo que en muchos casos es la única salida en términos de acceso a la información que aquellos contiene. Sin embargo esta práctica puede ser atentatoria de los derechos asociados a tales contenidos.

¿Cómo entonces conciliar el imperativo de proponer contenidos que satisfagan y amplíen el horizonte de expectativas del estudiante con el respeto de derechos de propiedad intelectual relacionados con tales contenidos?

Desde diferentes posibilidades el educador puede resolver este tipo de problemáticas. La primera respuesta debería provenir de la Universidad misma, la dotación de las bibliotecas universitarias debería tener la capacidad de satisfacer la que claramente es una necesidad básica insatisfecha en el ámbito académico. Otra respuesta parcial es, también desde la biblioteca, el incremento y ampliación de oferta de bases de datos especializadas.

En el caso de las bases de datos, es determinante su aprovechamiento dado que las mismas aportan en varios frentes a la educación:
1.      Contacto con la comunidad científica del campo de trabajo respectivo.
2.      Posibilidad de acceder desde medios digitales a lo más reciente de los debates en los que se ubica la disciplina que estudia
3.      Facilidades para la recopilación, organización y uso de la información que en ellas reposa.
4.      Enfrentamiento constantemente a mecanismos escriturales especializados en los que la información se presenta de forma relativamente estandarizada por medio del uso de instrumentos como el resumen, las palabras clave, la introducción, metodología, objetivos, etc., que lo enlazan al saber científico y la investigación.

Algunas bases de datos son de libre acceso, otras son de carácter pago. Lo que claramente puede resultar en una limitante para el tema de acceso, pero es en este campo donde la Universidad tiene mayor responsabilidad, pues si su propósito es el de generar conocimiento nuevo, es la Universidad la que debería asumir los costos de acceder a la información relevante para tal necesidad, es decir invertir en este tipo de bases de datos.

A continuación me permito presentar algunas bases de datos relacionadas o útiles para el estudio del derecho[2]:




Nombre de la base de datos
Acceso
URL
Asequible U. Tolima
Libre
Pago
Redalyc
X

Si
Dialnet
X

dialnet.unirioja.es
Si
Scielo
X

Si
Open Access Journals
X

Si
EBSCO

X

No
Jstore

X

Si
Blackwell Sinergy(Wiley)

X

No
LeyexInfo

X

No
Proquest

X

Si
ScienciDirect – Scopus

X

Si
Springer

X

No
Taylor & Francis

X

No
Wilson Web Social Sciences

X

No

Los contenidos que reposan en estos sistemas de información pueden ser usados con fines académicos en el marco de las condiciones de uso de la misma base de datos respectiva. De esta manera se evita incurrir en asuntos de tipo legal relacionados con el derecho de autor, pues es algo que ya se ha gestionado por medio de las bases de datos mismas.

Continuando con lo presentado por Rodríguez Rodriguez & Molero de Martíns, 2009, las tecnologías de la información y la comunicación han cambiado nuestra forma de pensar, y nuestra estructuración cognitiva. Los estudiantes más jóvenes jamás conocieron un televisor sin control remoto (yo era el control remoto de mi casa cuando tenía 10 años), no se imaginan un mundo sin teléfono celular o sin comutadores; pero los niños de 10 años hoy, dentro de 7 años no podrán creer que existiera un mundo sin chats, redes sociales, teléfonos inteligentes y demás. Y éllos serán nuestros estudiantes…

Acostumbrados a algo que probablemente ahora nos parezca un cuasi apocalíptico mundo, el conectivismo quizá ya no sea una novedad en términos de los modelos pedagógicos, sino una necesidad intrínseca a los mismos, y sin dejar de lado la presencialidad, se requiere adaptar nuestras estrategias y modelos hacia esa realidad.

Es posible que sea necesario hacer énfasis en los modelos humanistas en los métodos de enseñanza, pues la libertad de selección de objetos de aprendizaje probablemente no sea ya algo controlable por el profesor, sino una realidad a la que el estudiante por medio de su autorregulación acceda.

Los ambientes virtuales de aprendizaje cobran en este marco una mayor importancia, y su uso quizá sea una realidad natural como el tablero al cabo de unos años. Dichos ambientes pueden favorecerse si se compila de cierta manera esa reestructuración de estrategias y métodos con los mecanismos cognitivos y sus cambios.

Sobre estas plataformas, el docente tiene la opción de crear sus propios contenidos o usar contenidos ya creados. En el segundo de los casos, esta decisión implica su responsabilidad en relación con el manejo de los derechos de autor que pueden estar relacionados, y en tal sentido debe asegurarse que el contenido utilizado puede serlo legalmente hablando.

Así las cosas, la salida más creativa es la creatividad misma para la generación de nuevo conocimiento y el aprovechamiento de las tecnologías coadyuban en la educación. Seguimos de esta manera lo propuesto por (García & Rojo, 2010), que nos  señala la necesidad de gestionar los contenidos si afectar los derechos de los creadores aplicando las herramientas e intrumentos que el derecho de autor ofrece.

A la legislación también le queda tarea, pues sin duda debe actualizar los mecanismos por los cuales se limita el derecho de autor a favor del derecho a la educación (Monroy, 2010)







Trabajos citados

García, A., & Rojo, P. (2010). Lor problemas legales derivados de la distribución de la información digital. Enlace: Revista venezolana de información, tecnología y conocimiento , 7 (3), 61 - 75.
Maroto Sánchez, A. (2007). El uso de las nuevas tecnologías en el profesorado universitario. Pixel-Bit. Revista de Medios y Educación (30), 61 - 72.
Monroy, J. C. (2010). Necesidad de nuevas limitaciones o excepciones para facilitar la digitalización y puesta a disposición de obras protegidas en el marco de la educación virtual. La Propiedad Inmaterial (14), 195 - 208.
Rocha, A. (s.f.). La Educación Superior. (C. A. Quimabayo, Recopilador) Ibagué, Tolima, Colombia.
Rodríguez Rodriguez, A. J., & Molero de Martíns, D. M. (2009). Conectivismo como gestión del conocimiento. Revista Electrónica de Humanidades, Educación y Comunicación Social , 4 (6), 73 - 85.






[1] David Felipe Álvarez Amézquita, Asistente de Docencia e Investigación del Programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Humanas y Artes de la Universidad del Tolima. Magister en Historia (Meritoria) de la Universidad Nacional de Colombia, abogado de la misma Universidad, especialista en Propiedad Industrial, Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías de la Universidad Externado de Colombia. Fue Presidente del Centro Colombiano del Derecho de Autor CECOLDA, miembro de la Asociación Literaria y Artística Internacional ALAI, y del Instituto Iberoamericano del Derecho de Autor IIDA, Jefe de Registro de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Asesor de la Subdirección de Derecho de Autor del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe CERLALC.
[2] Estas bases de datos corresponden a la oferta asequible por medio de la Universidad Nacional de Colombia.

Las regalías, la ciencia y la tecnología


Hace unos días escribí esto pensando que había que cambiar la perspectiva de la CTI en nuestro país.

Recientemente se ha visto cómo en el país se ha presentado un debate en relación con la distribución de regalías, especialmente en lo que se refiere a aquellas destinadas a la ciencia y la tecnología. Y es que la comunidad científica se pregunta con alguna razón, si se justifica que ciertas áreas del país reciban grandes cantidades de dinero, cuando su producción científica es sumamente reducida o inexistente.

Es un poco triste esta reflexión, pues demuestra cómo el país se mantiene en la lógica del centro y la periferia que ha sumido a nuestros territorios en una violencia ilimitada con casi 150 años de antigüedad, si no más. Porque esa peregrina idea de que la guerra tiene apenas 50 años en nuestro país, es olvidar toda la violencia del siglo XIX y toda la violencia de principios de siglo XX, la de los años 30’s y 40’s, y bueno… parte de esa violencia se debe a la concentración de poder dentro de los límites del centro del país.

Las regalías han sido un mecanismo que pretende romper de cierta manera con ese prejuicio histórico, pero ha generado consecuencias funestas que se dejan ver en grandes construcciones inútiles en pequeños pueblos o enormes desfalcos a las finanzas territoriales por la entrada de una cantidad de dinero que las administraciones no siempre saben o pueden manejar.

El mismo riesgo sucede con la ciencia y la tecnología, se deja en manos de los territorios la destinación de recursos con el apoyo de Colciencias, para promover estos campos. Bogotá levanta la mano desde la ciencia y señala que en su territorio existen ¿? muchos grupos de investigación en comparación con los que existen en departamentos que reciben esos dineros. Quizá es la oportunidad para departamentos como el Tolima de re-significar el manejo de regalías en el país. Seducir con recursos la investigación científica y salirse de la mentalidad regional para proyectarse hacia lo nacional y lo global, para que de esta manera, científicos de alto nivel del Tolima o de cualquier parte, encuentren espacios de desarrollo de sus actividades, apalancados por instituciones serias, lo que a su vez permita la transferencia de conocimiento para la producción originaria en la riqueza intelectual de la región.

Ya es hora de dejar de esperar la producción científica de otros países, de otras regiones. Es hora de establecer procesos de largo plazo en que se afinque la capacidad creadora con investigación de base y aplicada de manera que se nutra constantemente el desarrollo de las actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I).

No hace mucho, Icontec adoptó normas de gestión para la I+D+I, (NTC 5800, 5801, 5802:2008) estas normas (similares a las de gestión de la calidad) pretenden que estos procesos sean adecuadamente administrados de manera que se obtenga un óptimo aprovechamiento de la actividad, reduciendo los niveles de incertidumbre que usualmente generan los procesos inventivos cuando no son correctamente administrados.

Es decir, existen las herramientas, existe el dinero, existe la capacidad y sobre todo la oportunidad.